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Comité de Ética

¿Qué es un Comité de Ética?

Es un grupo de profesionales que asesoran a los miembros del equipo de salud, pacientes y familiares en la toma de decisiones en la práctica clínica.

Existen dos tipos:

  1. Comité de Ética Asistencial (CEA), al cual nos referimos en este documento.
  2. Comité de Ética de la Investigación (CEI) que está encargado de la revisión de todo proyecto de investigación con seres humanos, sus muestras biológicas o sus datos, y que se realice en Red MirAndes.

¿Quiénes integran el comité?

Profesionales de diverso origen y disciplinas con amplitud de criterio, con formación en bioética e interés específico en estos temas.

¿Cuáles son los objetivos del Comité de Ética Asistencial?

 Velar por el respeto, la dignidad y el derecho de los pacientes.

¿Cómo se accede al Comité de Ética Asistencial?

A través de la secretaria del Comité de Ética.  Mail: calidad@cetep.cl desde donde se les enviará un formulario de consulta específica.

¿Qué costo tiene para el paciente esta consulta ética?

 Este es un servicio del Comité de Ética sin costo para el paciente y/o su familia, independiente de quien lo solicite.

¿Qué carácter tienen las recomendaciones del Comité de Ética Asistencial?

Las opiniones formuladas del Comité de Ética tienen el carácter de recomendación, no son directivas.

Estas recomendaciones se entregarán por escrito al solicitante, con copia al Director de Clinica MirAndes y una copia se agrega en la ficha del paciente.

¿Qué le corresponde hacer al Comité de Ética Asistencial?

Proponer medidas que garanticen el respeto de los derechos del paciente, especialmente en caso de inhabilidad para toma de decisiones o discapacidad física o mental.

Asesorar a los equipos directivos en la forma óptima de abordar aspectos éticos de la práctica clínica y administrativa.

Proponer protocolos y guías para situaciones clínicas frecuentes que puedan generar conflictos éticos.

Promover el respeto de los valores de todos los implicados.

¿Cuándo acudir al Comité de Ética Asistencial?

En situaciones clínicas en que los interesados lo requieran.

Cuando se propone un tratamiento médico o quirúrgico de excepción.

En cualquier situación clínica en la que se producen problemas de decisión o conflictos de valores.

Cuando el profesional tratante evalúa que alguna conducta o decisión del paciente o de sus representantes legales, pueden exponerlo a graves daños o riesgo de morir, que serían evitables siguiendo los tratamientos indicados.

Cuando el paciente o su representante rechazan insistencia en la indicación de tratamientos o la limitación del esfuerzo terapéutico.

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